Resolución Consejo Universitario Nº 324-2017-UNTRM/CU
ARTÍCULO PRIMERO.- MODIFICAR el Artículo Nº 59' del Reglamento General para el Otorgamiento de Grados de Bachiller y Título Profesional de la Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas, de acuerdo al siguiente detalle:
DICE:
La antigüedad de la certificación de idioma extranjero o lengua nativa será admitida hasta un máximo de tres años".
DEBE DECIR:
La antigüedad de la certificación de idioma extranjero o lengua nativa será admitida hasta un máximo de cinco años".