Resolución Rectoral Nº 660-2019-UNTRM/R
ARTÍCULO PRIMERO.- ARCHIVAR el Procedimiento Administrativo Disciplinario en contra del docente Miguel Ángel Barrena Gurbillón. De acuerdo a lo establecido en el artículo 67° del Reglamento del Procedimiento Administrativo Disciplinario para Docentes y Estudiantes de la UNTRM, que dictamina la Prescripción cuando ya han pasado más de tres (03) años contados a partir de la comisión de la falta y un (01)año si la autoridad competente ha tomado conocimiento, en concordancia con lo establecido en el artículo 94°de la ley del Servicio Civil Nº 30057, Reglamento General de la Ley del servicio Civil, artículo 97° y la DirectivaNº 02-2015-SERVIR/GPGSC "Régimen Disciplinario y Procedimiento Sancionador de la Ley Nº 30057, Ley delServicio Civil"