Resolución Consejo Universitario Nº 293-2020-UNTRM/CU
ARTÍCULO PRIMERO.- SEPARAR temporalmente por el periodo de un (01) año a los estudiantes de la Facultad de Ingeniería Civil y Ambiental de la Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza Amazonas, por haber reprobado asignaturas por tercera vez, en concordancia con el artículo 21 o del Reglamento General de Matrícula para estudiantes de pregrado de la UNTRM, concordante con el artículo 102° de la Ley Universitaria No 30220 yel artículo 74° cuarto párrafo del Estatuto de la UNTRM, de acuerdo al siguiente detalle: