Resolución Consejo Universitario Nº 262-2018-UNTRM/CU
ARTÍCULO PRIMERO.- IMPONER AMONESTACION VERBAL que será aplicaaa por la autoridad inmediata superior, debiendo comunicar al tribunal de honor para su registro por los CARGOS IMPUTADOS en contra del docente Dr. ITALO MALDONADO RAMÍREZ por haber transgredido los principios, deberes, obligaciones y prohibiciones en el ejercicio de la función, docente contemplada en la Ley Universitaria Nº 30220 en el Artículo 87, DE LOS DEBERES DEL DOCENTE, incisos 87.7 "Presentar informes sobre sus actividades en los plazos que fije el Estatuto y cuando le sean requeridos" y el 87.8 "Respetar y hacer respetar las normas internas de la universidad" y del Artículo 92, AMONESTACION ESCRITA. El incumplimiento de los principios, deberes, obligaciones y prohibiciones en el ejercicio de la función docente, debidamente comprobado y calificado como leve, es pasible de amonestación escrita. La sanción es impuesta por la autoridad inmediata superior, según corresponda". En el Estatuto de la UNTRM, en el Artículo 243, SON DEBERES DE LOS DOCENTES......